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Profepa suspende instalaciones de Hyundai en NL por residuos peligrosos

La empresa no presentó los permisos necesarios para manejar ese tipo de materiales.
vie 16 febrero 2018 12:05 PM
Hyundai auto
Hyundai auto - (Foto: Shutterstock)

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) suspendió, de manera total por tiempo determinado, las actividades del área de almacenamiento de la planta de Hyundai Materials, perteneciente a Grupo Hyundai Motor, y localizada en el municipio de Pesquería, Nuevo León.

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Asimismo, la dependencia inmovilizó los contenedores de acopio de residuos peligrosos, debido a  que la empresa no presentó autorización para realizar acopio ni manifiestos de entrega, transporte y recepción de los mismos, ni tampoco un plan de manejo, ni un seguro ambiental ni Cédula de Operación Anual (COA), explicó Profepa.

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Las sanciones se aplicaron luego de que personal de inspección de la Profepa efectuó una visita a las instalaciones de Hyundai Materials, donde detectó que en el área de almacenamiento había contenedores de residuos peligrosos.

La compañía se dedica al almacenamiento de materiales provenientes del mismo Grupo Hyundai Motor, fabricante automotriz.

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“Entre lo que compete a la Profepa se encuentran escorias, rebabas y scrap de hierro y aluminio impregnados de aceite soluble y líquido refrigerante”, explicó la dependencia.

Los residuos son trasladados en contenedores de 15 metros cúbicos y 30 metros cúbicos, acopiados en los patios de la citada empresa, pero que “al momento de la visita, se detectó que los residuos derramaban aceite del cual se encontraban impregnados”, dijo Profepa.

Además de no contar con autorización de centro de acopio de residuos peligrosos, la empresa no presentó los manifiestos de entrega, transporte y recepción de los mismos, ni tampoco plan de manejo, seguro ambiental, ni Cédula de Operación Anual (COA).

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Consecuentemente, los inspectores determinaron imponer una medida de seguridad, consistente en la suspensión total temporal del área de almacenamiento y la inmovilización de los contenedores que almacenaban los residuos peligrosos.

El Artículo 104 Fracción II de la Ley General para la Gestión Integral de los Residuos establece que las autoridades impondrán la suspensión de las actividades cuando el visitado no presente los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones respectivas. 

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