Cofece autoriza 1er ‘club de compras’ de gasolinas
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que, por primera vez, autorizó la conformación de diversos operadores de estaciones de servicio en un consorcio para la compra de combustibles, denominado ‘club de compras’.
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El beneficiario de esta primera disposición fue el grupo G500, cuyos socios coinciden en la adquisición de gasolinas Magna y Premium, así como de diésel. No obstante, el consorcio tendrá restricciones para adherir nuevos socios.
Asimismo, la resolución de la Cofece establece que los interesados en constituir un nuevo consorcio tendrán que solicitar autorización.
El organismo antimonopolios recordó que, antes de la reforma energética, la producción, importación, transporte y almacenamiento de combustibles eran actividades exclusivas de Petróleos Mexicanos (Pemex).
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Sin embargo, en el nuevo contexto nacional, para que los operadores ofrezcan precios de venta al público atractivos tendrán que generar eficiencias a través de nuevas fuentes de suministro de gasolinas y diésel, oportunas, de calidad y más baratas.
Una objeción
La Cofece informó, a través de un comunicado, que la concentración fue autorizada parcialmente a favor de los 54 operadores de gasolineras, aglutinados en G500, en su calidad de consorcio de compras de combustibles y otros productos.
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La razón es que en conjunto tales estaciones obtendrán una baja participación en la compra de los distintos tipos de combustibles respecto a los mercados en los que participan.
Sin embargo, los socios operarán de manera independiente en la comercialización al menudeo de estos productos.
La Cofece objetó a G500 la figura de “incorporación de socios potenciales”, al argumentar que dichos socios no son definitivos o son inciertos, pues no se cuenta con información suficiente para realizar el análisis sobre los efectos que su participación puede generar al proceso de competencia.
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Al considerar que se trata de un club de compras, el organismo aprobó un mecanismo para que G500 pueda, en el futuro, agregar nuevos socios, previo aviso a la Cofece y entrega de la información de los mismos.
Análisis caso por caso
De esta forma, se crea un mecanismo rápido, oportuno y económico para que se verifique el impacto que la nueva afiliación generará en las condiciones de competencia en el mercado.
La Comisión observó que, en fechas recientes, se celebraron otros procesos de consolidación de expendedores a través de adquisiciones, fusiones, consorcios o “alianzas comerciales”.
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Este tipo de acuerdos entre competidores pueden ser lícitos y perseguir objetivos que son deseables en un mercado en competencia, como reducir costos, lo que puede trasladarse en favor de los consumidores, mejorar la proveeduría de insumos, las condiciones de logística y la tecnología empleada en la industria, así como ampliar la oferta de estos combustibles.
Sin embargo, la Cofece aclaró que estos mecanismos pueden favorecer condiciones de simetría en precios, conductas coordinadas entre competidores, generar la manipulación de precios y provocar niveles de concentración indebidos.
En este sentido, el organismo antimonopolios consideró que las figuras de asociación que emprendan estos grupos deben ser analizados como una concentración conforme a lo previsto en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
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Lo anterior, con el propósito de ponderar su posible impacto en las condiciones de competencia que prevalecen en los mercados de estos combustibles.
Consecuentemente, la Cofece recomendó notificar cualquier modelo de comercialización que se decida emprender cuando la transacción actualice cualquiera de los umbrales previstos en la Ley.