Cambian las bases de concurso para la Ronda 1.4
Los modelos de contrato y las bases de licitación de la cuarta fase de la Ronda Uno para la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas profundas fueron modificadas, anunciaron las autoridades gubernamentales y regulatorias.
Las modificaciones se realizaron sobre el documento dado a conocer el 16 de mayo pasado. Como se recordará, la Ronda 1.4 licitará contratos sobre 10 campos petroleros de aguas profundas en el Golfo de México, en un concurso que se realizará el 5 de diciembre próximo.
Precisaron que las causales de rescisión administrativa se modifican para iniciar el procedimiento al contratista y no a las empresas participantes miembros del consorcio o de la asociación en participación, según un comunicado conjunto de las secretarías de Energía (Sener) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) divulgado el viernes.
Lo anterior, sin modificar los periodos de cura ni las agravantes; además, se ajusta la definición de accidente grave conforme a las mejores prácticas de la industria.
Sustitución de participantes
Asimismo, se hace explícita la posibilidad para que el contratista tenga la opción de sustituir a la empresa participante que haya incumplido para la mayoría de las causales de la rescisión contractual.
También aclara que el contratista deberá pagar a la nación daños directos e inmediatos y que la CNH emitirá la constancia de cumplimiento al contratista en un plazo no mayor a 60 días posteriores a que concluyan los compromisos de trabajo para cada periodo de exploración.
Además, alínea el contrato al proyecto de lineamientos de la CNH que regularán las cesiones que impliquen los cambios de control de operación o corporativo y de gestión cuando afecten sólo al contratista y no a cada una de las empresas participantes miembro del consorcio o asociación en participación.
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Las autoridades establecen disposiciones para ampliar el plazo de los Períodos de Exploración Inicial y Primero Adicional, con el objeto de permitir la conclusión de actividades en proceso de ejecución.
También se fija el monto de la pena convencional en caso de retraso en la presentación del Plan de Exploración y se amplía la duración de dicha etapa -de 90 a 120 días- y se detallan los requisitos que deberá cumplir el contratista respecto a la Evaluación de Impacto Social.
Paralelamente se ajustan las obligaciones adicionales, incluyendo la relativa a comunicar a la CNH sobre procedimientos judiciales o administrativos en los que esté involucrado –ahora de manera semestral–, distintos a los iniciados ante juzgados federales.