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80 Kms por hora, velocidad máxima para doble carga

Los conductores, deberán acreditar experiencia y capacidades para operar estos vehículos
mar 13 enero 2015 09:34 AM
camiones
camiones - (Foto: Reuters)

Con la nueva norma Sobre el Peso y Dimensiones para los vehículos de autotransporte que transitan en las Vías Generales de Comunicación federal (NOM-012), la velocidad máxima permitida para las unidades doblemente articuladas o fulles será de 80 kilómetros por hora.

Respecto a los conductores, deberán acreditar experiencia y capacidades para operar vehículos doblemente articulados, de acuerdo con la norma que se implementa a 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) expuso que la NOM-012 incluye aspectos para incrementar la seguridad en las autopistas y carreteras del país, mejorar la conservación de la infraestructura, promover la competitividad y contribuir a la conservación del medio ambiente.

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Así, se mantiene el peso bruto vehicular para los tractocamiones doblemente articulados o full en 66.5 toneladas, y para el full diferenciado 75.5 toneladas, mismos que únicamente podrán circular en caminos Tipo "ET" y "A" y, por excepción, en carreteras tipo B cuando cuenten con autorización especial de conectividad.

Los fulles deberán contar con equipamiento que contribuya a la seguridad, como tecnología GPS, frenos ABS, freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción.

En tanto, la limitante para los semirremolques será de hasta 12.19 metros (40 pies) en el acoplamiento de configuraciones doblemente articuladas.

Por excepción, se podrán utilizar de hasta 12.81 metros (42 pies) exclusivamente para circular por caminos tipo "ET" y "A" y en caminos tipo "B", con la autorización especial de conectividad.

Para los vehículos unitarios y tractocamiones articulados sencillos, así como de los autobuses que operan con suspensión neumática o mecánica, se elimina la diferenciación, lo que permite establecer un peso único en estas configuraciones.

Para los casos de carga consolidada, el transportista absorberá la responsabilidad en caso de excesos de peso o dimensiones.

La SCT expone que podrá sancionar a los transportistas por infracciones en vehículos detectados por medio de sistemas de pesaje electrónicos y medición de dimensiones automatizadas, mediante multas electrónicas.

La NOM tiene como objetivo el reordenamiento del autotransporte federal y es resultado de un panel de expertos, en el cual participaron representantes de la SCT y de las principales cámaras y asociaciones del subsector de autotransporte.

*Información de Notimex

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