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Industria botanera prepara amparos contra IEPS

Consideran que faltan reglas de operación para su cobro
mar 10 diciembre 2013 09:48 AM
Comida
Comida - (Foto: David Ortiz)

Empresas de alimentos de alto contenido calórico excluidas de la lista de productos exentos del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios (IEPS) de 8.0 por ciento a partir de enero de 2014, prevén ampararse contra el gravamen, al considerar que faltan las reglas de operación para su cobro.

El presidente del ramo de fabricantes de botanas del Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), Bruno Limón, dijo que la lista de productos exentos, dada a conocer el 29 de noviembre pasado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no tiene bases científicas.

Anunció que los más de tres mil industriales, entre ellos los grandes fabricantes de botanas, y más de 200 empresas pequeñas y medianas del sector, están en la incertidumbre porque aún no hay reglas de operación sobre la forma y el momento en que se va a empezar a cobrar el gravamen.

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De acuerdo con esa lista, se excluye del pago del IEPS a la cadena de trigo sin productos azucarados como la tortilla de harina de trigo, pastas para sopa, pastas de harina, pan de caja, pan blanco, harina de trigo y cereales de trigo sin azúcar.

Asimismo, quedan fuera del cobro del impuesto la cadena del maíz sin productos azucarados como las tortillas de maíz, harina de maíz, masa de maíz, tostadas, cereales de maíz sin azúcar, mientras que en la cadena de "otros cereales" se incluye el cereal de arroz, avena, plátanos y manzana mixto para bebé.

"Estamos en desacuerdo porque no hay una metodología, no hay un criterio científico para determinar qué productos quedan fuera o dentro. No hay un razonamiento convincente", señaló el líder industrial.

En entrevista con Notimex, comentó que los industriales ya se preparan para ampararse contra este impuesto, toda vez que -aseguró- puede generar alteraciones en la forma de operación.

Explicó que un vendedor de cierto producto excluido de la lista del SAT no podrá cobrar el gravamen al consumidor, pero si se lo vende a otra compañía, ésta sí lo hará, "entonces, hay mucha incertidumbre", reiteró.

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