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En vigor nueva norma para transporte de carga

Dictará el peso y dimensiones con los que pueden circular los vehículos de autotransporte
lun 12 enero 2015 11:53 AM
LOG-Trailer
LOG-Trailer - (Foto: Flickr.com)

Este día entró en vigor la nueva norma Sobre el Peso y Dimensiones con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las Vías Generales de Comunicación de Jurisdicción Federal (NOM-012)

La norma se implementará a 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), de acuerdo con un comunicado emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

La dependencia informa que la NOM-012 incluye aspectos para incrementar la seguridad en las autopistas y carreteras del país, mejorar la conservación de la infraestructura, promover la competitividad y contribuir a la conservación del medio ambiente.

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Así, se mantiene el peso bruto vehicular para los tractocamiones doblemente articulados o full en 66.5 toneladas, y para el full diferenciado 75.5 toneladas, mismos que únicamente podrán circular en caminos Tipo "ET" y "A" y, por excepción, en carreteras tipo B cuando cuenten con autorización especial de conectividad.

Los fulles deberán contar con equipamiento que contribuya a la seguridad, como tecnología GPS, frenos ABS, freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción.

De manera adicional, la velocidad máxima permitida para los fulles diferenciados (con peso adicional) será de 80 Kilómetros por hora.

Respecto a los conductores, deberán acreditar experiencia y capacidades para operar vehículos doblemente articulados.

En tanto, la limitante para los semirremolques será de hasta 12.19 metros (40 pies) en el acoplamiento de configuraciones doblemente articuladas.

Por excepción, se podrán utilizar de hasta 12.81 metros (42 pies) exclusivamente para circular por caminos tipo "ET" y "A" y en caminos tipo "B", con la autorización especial de conectividad.

Para los vehículos unitarios y tractocamiones articulados sencillos, así como de los autobuses que operan con suspensión neumática o mecánica, se elimina la diferenciación, lo que permite establecer un peso único en estas configuraciones.

Para los casos de carga consolidada, el transportista absorberá la responsabilidad en caso de excesos de peso o dimensiones.

La SCT expone que podrá sancionar a los transportistas por infracciones en vehículos detectados por medio de sistemas de pesaje electrónicos y medición de dimensiones automatizadas, mediante multas electrónicas.

En la NOM se establece que Petróleos Mexicanos (Pemex) contará con un plazo de dos años para realizar las adecuaciones del equipo propio (camiones unitarios), que por su capacidad de diseño no cumple con los pesos máximos definidos en la Norma, y en el cual se transporta diésel y combustóleo.

La dependencia dio a conocer que la NOM tiene como objetivo el reordenamiento del autotransporte federal y es resultado de un panel de expertos, en el cual participaron representantes de la SCT y de las principales cámaras y asociaciones del subsector de autotransporte.

*Información de Notimex

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