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Puntos clave del Reglamento de Trabajo

#SeminarioGEX La STPS ajustó su Reglamento Federal de Seguridad y Salud
jue 19 marzo 2015 01:26 PM
Su objetivo principal es integrar a los trabajadores a los procesos especializados de Manufactura de la firma
Su objetivo principal es integrar a los trabajadores a los procesos especializados de Manufactura de la firma - (Foto: Alejandro Hern�ndez / Expansi�n)

Dentro del nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST) que promulgó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las obligaciones de los patrones serán, entre otras, realizar diagnósticos de seguridad en el trabajo, el manejo de programas de salud en el lugar de labor y la creación de manuales para actividades laborales. Todo esto a entrar en vigor en los siguientes tres meses, destaca el órgano.

Edna Patricia Zumárraga, socia directora de innovación en capacitación y asesoría profesional S.C, agregó que una de las funciones alternas que se pretenden con estos ajustes, es constituir una comisión de seguridad e higiene y aplicar exámenes médicos al personal que está expuesto según su actividad laboral.

Durante el seminario “Puntos clave del nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo” organizado por IDC y Manufactura, Asesor Jurídico y Fiscal, la directiva destacó que en cuanto a las disposiciones generales para la salud en el trabajo se adicionaron temas como agentes químicos, biológicos y factores de riesgo  de tipo ergonómico y psicosocial. “Y una nueva clasificación de enfermedades de trabajo como cánceres de origen laboral, infecciosas y parasitarias, enfermedades del sistema circulatorio, de la sangre y órganos hematopoyéticos, trastornos mentales, enfermedades del sistema respiratorio y del sistema digestivo”. 

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La nueva disposición dice que los patrones tienen 72 horas para avisar de un accidente a la STPS ya sea por escrito o vía electrónica. Además de cumplir con la obligación de adaptar instalaciones para discapacitados, capacitar a trabajadores con capacidades diferentes y tener a una persona vigilante para que alguno de ellos no se vayan a accidentar.

Las sanciones por incumplimiento, según la Ley Federal del Trabajo artículo 994 fracción V,  se impondrá una multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general, al patrón que no observe en la instalación de sus establecimientos las normas de seguridad e higiene o las medidas que fijen las leyes para prevenir el riesgos de trabajo. Sin embargo en el nuevo reglamento se establece que las multas por incumplimiento van de 50 a 100 veces el salario mínimo.

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