Lista NOM para televisores digitales
La Secretaría de Economía (SE) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-192-SCFI/SCT1-2013, Telecomunicaciones-aparatos de televisión y decodificadores y sus especificaciones.
La Norma entrará en vigor de manera definitiva en 60 días naturales contados a partir de mañana y otorga 30 días a partir de que comience a ser válida para que los televisores que no cuenten con capacidad, por sí mismos, para recibir, sintonizar o reproducir al menos señales de HDT (High Definition Television) y SDTV (Standard Definition Television) y estén inventariados, puedan ser comercializados.
En el Diario Oficial de la Federación, la dependencia aclara así que una vez finalizado este lapso, los televisores que carezcan de esa capacidad no podrán ser vendidos.
Refiere que la política de transición a la televisión digital terrestre establece que la terminación de las transmisiones analógicas se realizará en forma escalonada a partir del 18 de julio de 2013 y deberán concluirse en su totalidad a más tardar el 31 de diciembre de 2015.
Esa fecha de término de transmisiones podrá darse si un mes antes de que corresponda realizar el apagón analógico en una determinada localidad, se alcanza un nivel de penetración de 90 por ciento de la TDT en los hogares donde el servicio depende de la televisión abierta, anota.
De acuerdo con la SE, el 24 de mayo pasado, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-192-SCFI/SCT1-2013, Telecomunicaciones-Aparatos de televisión y decodificadores Especificaciones para recibir comentarios.
Para ello, el 5 de julio de este año, el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) aprobó un acuerdo para la publicación de la Norma como Proyecto.
De esta forma, la SE precisa que dicha Norma establece las especificaciones que deben cumplir los televisores y decodificadores que son comercializados dentro del territorio mexicano.
Explica que la normatividad se complementa con la NOM-001-SCFI-1993 sobre los requisitos de los aparatos electrónicos de uso doméstico alimentados por diferentes fuentes de energía eléctrica y la NOM-024-SCFI-2013, sobre información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos.
Entre las especificaciones, señala que los televisores que se comercialicen al público en el país deberán contar con la capacidad de recibir, sintonizar y reproducir, cuando menos, las señales que se transmitan con el estándar A/53 del ATSC (Comité de Sistemas de Televisión Avanzada), siendo recomendable que cuenten con capacidad para recibir señales de video con el estándar A/72.
A partir de ello, anota, dichos televisores deben ser capaces de recibir, sintonizar y reproducir las señales de TDT y tener la capacidad de recibir, sintonizar y reproducir, cuando menos, señales HDTV y SDTV.
Expone que los televisores que se comercialicen dentro del territorio mexicano deben cumplir con las especificaciones establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCFI-1993 o las que se hayan aceptado como equivalentes.
En tanto, abunda, los decodificadores que se vendan en México deben contar con la capacidad de recibir, sintonizar y reproducir las señales que se transmitan con los estándares establecidos para televisión digital.