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Entérate de cómo operaría el sector energético con la propuesta del Senado

Hubo modificaciones en temas como gasolina, gas LP, expropiaciones y adjudicaciones
jue 17 julio 2014 09:58 AM
Petr�leo
Petr�leo - (Foto: AP)

Los precios de la gasolina y el diesel en México se liberarán a partir de 2018 -dos años antes de lo considerado en la propuesta de reforma energética del Gobierno de Enrique Peña Nieto-, lo que ocasionará que los consumidores paguen el costo real de los combustibles y que hoy están subsidiados, señala uno de los cambios hechos por las comisiones del Senado que analizan el paquete de dictámenes de la reforma energética.

El pleno de la Cámara Alta debatirá y votará las iniciativas de leyes secundarias este jueves.

Gasolina más cara

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Las modificaciones que se aprobaron en comisiones sin la presencia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y del Partido del Trabajo (PT) consideran darle al Ejecutivo la facultad para determinar el precio de las gasolinas, en lugar de la Secretaría de Hacienda.

“A partir del 1 de enero de 2018 los precios se determinarán bajo condiciones de mercado”, establece el décimo cuarto transitorio de la legislación”, según el dictamen de la Ley de Hidrocarburos.

La legislación prevé un periodo de transición previo a quitar los controles a Hacienda a fin de que el Ejecutivo se encargue de regular el precio de las gasolinas considerando las diferencias “relativas por costos de transporte entre regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio al público”, además de tomar en cuenta que las alzas se hagan en congruencia con la inflación.

Algunos analistas del sector han advertido que esta liberación puede generar que el combustible cueste más, debido a que la Secretaría de Hacienda mantiene un subsidio desde hace años.

Las modificaciones a la Ley de Hidrocarburos prevé que se comiencen a otorgar permisos para importar gasolinas a partir de 2017, dos años antes que la propuesta del presidente Enrique Peña Nieto, aunque este plazo puede recortarse si la Comisión Federal de Competencia Económica (CFCE) expresa que existen condiciones en el mercado.

Los permisos para la venta al público de gasolinas se otorgarán desde 2016, es decir, que a partir de esta fecha ya no operará exclusivamente las franquicias de Pemex, como ocurre actualmente.

Gas LP, libre para 2016… aunque con subsidios focalizados

En el artículo 124 de la Ley de Hidrocarburos se establece que las secretarías de Hacienda, Energía y de Desarrollo Social (Sedesol) podrán evaluar la posibilidad de crear programas de apoyos focalizados a combustibles básicos.

Para crear estos subsidios podrán contar con el apoyo técnico de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

El transitorio vigésimo noveno contempla que para el caso del gas LP, este programa de subsidios quede instrumentado antes de 2017, además de prever que el Ejecutivo también controle los precios sobre el energético al menos hasta 2016, bajo los mismos supuestos que la gasolina, es decir, que se tomen en cuenta los costos de transporte y expendio.

La CNH, libre para adjudicar servicios

Los cambios al Ley Federal de Hidrocarburos, incluidos a petición del Partido Acción Nacional (PAN), establecen prerrogativas especiales para que la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) adjudique directamente servicios legales para asesorarse en temas como las licitaciones de contratos petroleros; la instrumentación de subsidios focalizados; y la eliminación del concepto de expropiación de los terrenos susceptibles de asignarse para la explotación de hidrocarburos.

Con vía libre para asesorarse

El trigésimo primer transitorio otorga una ventana de dos años para que la Secretaría de Energía (Sener) y la CNH puedan contratar las adquisiciones, arrendamiento y servicios que se requieran para los cuartos de datos del Centro Nacional de Información de Hidrocarburos.

Además podrán obtener los servicios de asesoría legal que necesiten para instrumentar los procesos de licitación de los contratos de exploración y extracción de hidrocarburos.

Entre las modificaciones , se derogó la facultad que tenía la CNH de participar en los eventos de promoción y difusión de las licitaciones, ni en la determinación de las Zonas de Salvaguarda, aunque se añade que en estos lugares quedará “prohibida” la explotación de hidrocarburos, según el artículo 41 de la ley.

No a la expropiación, sí a la servidumbre legal

El artículo 95 de la ley eliminó el concepto de expropiación de las tierras, donde los contratistas tengan el derecho para explotar hidrocarburos, por lo que sólo queda la opción de la servidumbre legal, que es un concepto que obliga a los propietarios a permitir estas actividades, a cambio de una contraprestación.

Esta medida ya la contemplaba la propuesta del Gobierno de Peña Nieto.

Los dueños de un terreno que se vean afectados por la explotación de hidrocarburos podrán recibir un porcentaje de los ingresos del contratista, una vez descontada la renta petrolera al Estado, pues la ley mantiene que no se pueden prometer pagos sobre la producción.

La servidumbre legal se mantiene como el último recurso, pero ahora la Sener debe solicitar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) que pida al Ejecutivo declarar la servidumbre.

Las modificaciones incluyen sanciones y retiro de la figura de servidumbre legal sobre los terrenos donde nos e cumplan las condiciones del contrato.

Va la expropiación a firmas infractoras... con finiquito

El artículo 10 en la fracción V se establece que en caso de rescisión del contrato a un asignatario por parte del Estado, por cometer alguna de las faltas previstas en la ley, sí tengan derecho a recibir un finiquito, algo que no contemplaba la iniciativa de Peña Nieto.

Además en el artículo 18 se añade como causal de revocación la negativa de entregar información de manera “dolosa”.

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