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Apertura energética amenaza concesiones mineras

Deberán facilitar sus terrenos para proyectos de infraestructura energética
jue 31 julio 2014 02:20 PM
Minera la Encantada2
Minera la Encantada2 - (Foto: Minera la Encantada)

La forma como fueron aprobadas las leyes de Hidrocarburos y la de la Industria Eléctrica representan una amenaza para las empresas mineras, pues deberán facilitar sus terrenos en caso de que un tercero solicite un permiso para construir algún proyecto de infraestructura energética.

El artículo 72 del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Industria Eléctrica establece que los concesionarios mineros no podrán oponerse al tendido de ductos, cables o a la instalación de cualquier otra infraestructura para la transmisión y distribución de energía eléctrica en el área comprendida en la concesión.

A su vez, el artículo 93 de la Ley de Hidrocarburos señala que las empresas mineras “tampoco podrán oponerse al tendido de ductos, cables o a la instalación de cualquier otra infraestructura para la extracción y explotación de hidrocarburos, en el área comprendida en la asignación o contrato, siempre que sea técnicamente factible”.

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De acuerdo con Gilberto Alfaro, socio a cargo del sector de energía y recursos naturales de la consultota KPMG México, esto podría ser una potencial amenaza para el sector minero, en tanto que en caso de que se detecte potencial para transmitir o distribuir energía eléctrica o para extraer y explotar hidrocarburos en un terreno concesionado a una minera, la legislación dará preferencia a dichas actividades, por considerarlas prioritarias para la nación.

Durante 2013, la industria minera sumó un total de 6,576 millones de dólares de inversión directa. A nivel nacional genera 332,501 plazas laborales.

Actualmente hay alrededor de 26,000 concesiones mineras en 24 de las 32 entidades del país, aunque la industria no ha determinado cuántas podrían verse afectadas por las nuevas disposiciones en materia energética.

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Alfaro consideró que, en un caso extremo, donde no puedan subsistir ambas actividades por razones técnicas, quizá se podría retirar la concesión a la mina a cambio de una indemnización. 

Tanto la Ley de la Industria Eléctrica como la Ley de Hidrocarburos establecen que la contraprestación, los términos y las condiciones para la adquisición, uso, goce o afectación de los terrenos, bienes y derechos necesarios para realizar dichas actividades serán negociados entre los propietarios, poseedores o titulares de dichos terrenos, bienes o derechos, y los asignatarios o contratistas.

También está la posibilidad de que los consorcios mineros participen en las licitaciones para realizar dichas actividades, ya que si bien la concesión no les permite hacerlo, tampoco los excluye para participar en las asignaciones de dichos proyectos, dijo Alfaro.

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