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Analizan cuota compensatoria para atomizadores chinos

La SE declaró el inicio del exámen de vigencia de estos artículos
mié 09 abril 2014 09:20 AM
Atomizador
Atomizador - (Foto: Flickr)

La Secretaría de Economía (SE) publicó la resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 19 de diciembre de 2013 se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés, que las cuotas compensatorias de dicho producto se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento, es decir el 13 de marzo de 2014.

Así como especificó que “salvo que un productor nacional interesado manifestara por escrito su interés de que se iniciara un procedimiento de examen”.

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En ese entonces, indicó, la empresa Olan de México manifestó su interés en que la SE iniciará el examen de vigencia de la cuota compensatoria y propuso como periodo el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013.

Detalló que entre las actividades de Olan están la fabricación de todo tipo de aparatos, incluidos atomizadores de plástico, y acreditó su calidad de productor nacional con una carta de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, donde se señala como la única empresa asociada a dicha Cámara, que produce en el mercado nacional, el producto objeto de examen.

La Secretaría de Economía puntualizó que el producto objeto de examen son los atomizadores de plástico, cuyo diámetro de rosca se encuentra en un rango de 15 a 24 milímetros.

En alturas 410 y 415, conforme a los parámetros mínimos y máximos (diámetro y altura de la rosca) previstos en la norma del Instituto de Empaque de Vidrio de los Estados Unidos de América (GPI, por las siglas en inglés de Glass Packaging Institute) incluidos los atomizadores con casquillo de aluminio.

“Esta mercancía se engloba en la categoría pulverizadores, aunque en la industria se usan de manera indistinta los términos pulverizadores y atomizadores. De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, la definición de pulverizador es un aparato para pulverizar un líquido. Pulverizar, a su vez, es la acción de esparcir un líquido en partículas muy tenues a manera de polvo”, agregó.

Asimismo, añadió que conforme a los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, de la Ley de Comercio Exterior (LCE), las cuotas compensatorias definitivas se eliminarán en un plazo de cinco años contados a partir de su entrada en vigor, a menos que la Secretaría haya iniciado, antes de concluir dicho plazo, un examen de vigencia de la cuota compensatoria, derivado de la manifestación de interés de uno o más productores nacionales.

Por ello la dependencia determinó fijar como periodo de examen el propuesto por Olan, que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre 2013, y como periodo de análisis el comprendido del 1 enero de 2009 al 31 de diciembre de 2013; además de que en el transcurso del presente año se llevarán a cabo la audiencia pública y los alegatos de las partes interesadas.

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