Lanzan proyecto para reducir límites de Ozono en el aire
La Secretaría de Salud (SA) presentó el proyecto para la actualización de la NOM nacional para la reducción de los niveles de ozono permitidos en el aire, de 110 partes por millón (ppm) como concentración máxima del día a 0.095 ppm.
Tras su presentación diferentes organizaciones civiles de ciclismo urbano, perteneciente a la Red Nacional de Ciclismo Urbano, han solicitado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria la urgente aprobación del proyecto como medida para reducir los niveles de contaminación.
Se trata del proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA1- 2014 , salud ambiental. Valor límite permisible para la concentración de ozono en el aire ambiente y criterios para su evaluación.
En su justificación, la SA señala que la Organización Mundial de la Salud (OMS) estimó en 14,700 muertes atribuibles a los efectos de la contaminación del aire en México en 2010.
Destaca que si bien en la Zona Metropolitana del Valle de México los límites de ozono, ha ido disminuyendo la frecuencia anual de días con concentraciones por arriba del valor límite de una hora (0.110 ppm). En diciembre del 2013 se rebasaron las normas ambientales en 34.5% de los días del año.
Agrega que la exposición a ozono se asocia con diferentes daños a la salud humana, especialmente con relación al sistema respiratorio y cardiovascular, a las personas con enfermedades preexistentes e incrementos en las tasas de morbilidad.
De acuerdo con el estudio del Instituto Mexicano de la Competitividad, debido a los altos niveles de ozono en el ambiente se generan 14 mil hospitalizaciones y 819 mil consultas médicas anuales; perdidas en productividad por 3,400 millones de pesos.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía reportó en 2012 que la contaminación atmosférica representó el mayor costo ambiental en al ubicarse en 532 mil 700 millones de pesos, cerca del 3.4% del Producto Interno Bruto.
Para contrarrestarlo, la SA propone límites más estrictos de promedio horario y promedio móvil de 8 horas, así como valores límites escalonados y descendentes para la próxima revisión quinquenal de la norma.
“Con la aplicación de esta norma los niveles vigentes de este contaminante van a disminuir de 0.110 ppm a 0.095 ppm como concentración horaria máxima del día y de 0.080 ppm a 0.070 ppm como máximo anual del promedio móvil de 8 horas”, precisa el documento.
De esta forma, agrega, se logra establecer que la concentración horaria máxima, como valor de exposición aguda, no sea rebasada ninguna vez al año y para el caso del promedio móvil de 8 horas, se estableció la concentración de 0.070 ppm como valor máximo anual, eliminando las excedencias permitidas por año, para proteger la salud de la población.