Publican NOM para almacenamiento de gas
La Secretaría de Energía (Sener) publicó una Norma Oficial Mexicana respecto a los requisitos de seguridad para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de terminales de almacenamiento de gas natural licuado.
En el Diario Oficial de la Federación, la dependencia informa que estos requisitos de la NOM-013-SECRE-2012 (que cancela y sustituye a NOM-013-SECRE-2004) son para las terminales que incluyen sistemas, equipos e instalaciones de recepción, conducción, vaporización y entrega de gas natural.
Detalla que la Norma consta de cuatro partes, de las cuales la primera es aplicada a las terminales de almacenamiento de gas natural licuado con instalaciones fijas en tierra firme y la segunda en costa afuera, desde el punto de recepción del combustible hasta el punto de entrega en estado gaseoso a un sistema de transporte por ductos.
La tercera parte de la NOM se refiere al diseño del gasoducto submarino para conducir el gas natural desde la terminal costa afuera hasta el litoral, mientras que en la cuarta parte se establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad.
La norma identifica los peligros internos y externos durante el desarrollo del proyecto, probabilidades de que ocurran, estimación de consecuencias, evaluación de riesgos, control de derrames y fugas, diseño y capacidad del área de retención.
De igual forma, seguridad en la instalación de equipos, tanques de almacenamiento, detalles sobre tubería, registros de pruebas e inspecciones, requisitos de operación, seguridad en los servicios de transferencia, sistema de paro de emergencia y el plan integral de protección civil, entre otros aspectos.
La dependencia agrega que esta Norma y su procedimiento para la evaluación de la conformidad entrarán en vigor a los 60 días naturales a partir de hoy.