Será 15 años la edad mínima para trabajar
La edad mínima para trabajar de manera formal en el país pasará de 14 a 15 años. Esto es lo que propone un proyecto de 19 reformas a diferentes leyes federales para proteger a los niñ@s y adolescentes del país, presentado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
De acuerdo a la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo , en 2011 en México existían 3 millones 35 mil 466 niñas y niños trabajando, quienes pertenecían a hogares de bajos ingresos (hasta 2 salarios mínimos).
La Encuesta detalla que 39.1% de las niñas y niños ocupados, es decir 1.2 millones, no asistían a la escuela.
Para incrementar la protección a los menores de edad y reducir la deserción escolar, en 2012 se reformó la Constitución para hacer obligatorios los estudios desde el jardín de niños hasta la secundaria, y el artículo 123 para incrementar la edad mínima para trabajar de 14 a 15 años.
Sin embargo, describe la STPS falta armonizar otras leyes secundarias, para las cuales presentó el proyecto de decreto para reformar 19 artículos de Ley Federal del Trabajo, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y la Ley Federal de Justicia para Adolescentes , en materia de trabajo de menores.
Con estos cambios, se eleva edad mínima de admisión al empleo de 14 a 15 años, se establece la prohibición de emplearlos en horario extraordinario, así como del trabajo nocturno industrial o el trabajo después de las veintidós horas, para los menores de 18 años.
Se amplía la prohibición de contratación de menores de 16 años a menores de 18 años que no hayan terminado su educación básica obligatoria.
El documento, propone la prohibición del trabajo de menores de 18 años, dentro del círculo familiar en cualquier tipo de actividad productiva, que resulte peligrosa para su salud, su seguridad o su moralidad.
De aprobarse el proyecto de la STPS, se establecería la obligación de los patrones de solicitar a los mayores de 15 y menores de 18 años, el certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo y la aplicación de los exámenes médicos periódicamente.
También se prohibiría la utilización de menores de 18 años, en los casos de declaratoria de contingencia sanitaria.