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Recordatorio: tiempo de reportar inventarios

Las empresas certificadas tienen hasta el 30 de enero para reportarlo ante el SAT
lun 26 enero 2015 10:25 AM
El nuevo decreto tiene que ver con inventarios e importaciones temporales. (Archivo)
El nuevo decreto tiene que ver con inventarios e importaciones temporales. (Archivo) - (Foto: .)

Manifestar, con exactitud, el estado de los inventarios de la empresa hoy cobra mayor relevancia que nunca en México, esto por los cambios en materia de importaciones que se registran a partir de este año.

"En este contexto resulta esencial la coordinación entre las áreas de Ingeniería, Manufactura, Almacén y Logística. Cualquier inexactitud al reportar el inventario puede perjudicar la economía de la empresa, así como la salvaguarda de su certificación o esquema de garantías", comenta Juan Valles, socio de la práctica Fiscal de la firma legal Baker & McKenzie.

Desde el pasado 22 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que a más tardar el 30 de enero del 2015, las empresas que obtuvieron la certificación en materia del impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), deberán transmitir el informe del inventario existente o inventario inicial de las operaciones que al 31 de diciembre de 2014 estaban pendientes de retorno.

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Esta obligación también debe ser cumplida por las empresas que operan bajo el esquema de garantías con vigencia a partir del primer día de enero del 2015.

Las empresas pueden realizar la presentación del inventario inicial en cualquier fecha previa al 30 de enero. Esta obligación, tiene su fundamento en las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes que pueden ser consultadas en el Portal de Internet del SAT.

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Manufactura
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