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SCT publica NOM-012 para autotransporte

Entrará en vigor en enero de 2015; establece los pesos y dimensiones máximas
vie 14 noviembre 2014 09:01 AM
LOG-Trailer
LOG-Trailer - (Foto: Flickr.com)

La actualización de la NOM-012-SCT-2-2014 sobre el peso y dimensiones máximas de autotransportes, se publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor 60 días después de su publicación, es decir, en enero de 2015. 

De acuerdo con el documento, la norma establece que los conductores deberán acreditar experiencia y capacidades para operar vehículos doblemente articulados (fulles).

Asimismo, la emisión de licencias para conducir este tipo de unidades tendrá un proceso riguroso en el que se deberá acreditar experiencia y capacidades.

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También prohíbe la circulación de configuraciones vehiculares arrastrando un convertidor, sin el semirremolque enganchado, pues representa un riesgo para los demás usuarios ante la posibilidad de accidentes por alcance.

Además de que representa un riesgo durante las maniobras de rebase, pudiendo incidir en la invasión de los carriles en contrasentido o contiguos.

La norma también marca una velocidad máxima para los fulles diferenciados, de 75.5 toneladas (con peso adicional) de 80 kilómetros por hora.

Establece que los tractocamiones doblemente articulados (fulles), solo podrán circular en caminos Tipo ET y A, y, por excepción, podrán circular en carreteras tipo B, con el mismo peso, cuando cuenten con autorización especial de conectividad.

Los fulles deberán contar con equipamiento que abone a la seguridad, incorporando tecnología GPS, frenos ABS, freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción.

Se establece la limitante de utilizar semirremolques de hasta 12.19 metros, en el acoplamiento de configuraciones doblemente articuladas.

La norma autoriza para los autobuses un largo máximo de hasta 15 metros exclusivamente cuando circulen en caminos Tipo ET y A, siempre que cuenten con un tercer eje direccional o movible.

Periodo de gracia para Pemex

La norma otorga dos años a Pemex para que realice las adecuaciones del equipo propio (camiones unitarios), que por su capacidad de diseño no cumple con los pesos máximos definidos en la Norma, y en el cual transportan diésel y combustóleo.

En tanto que las secretarías de Comunicaciones y Transportes (SCT) y de Gobernación, a través de la Policía Federal, tendrán la facultad de vigilar el cumplimiento de la Norma, por medio de sistemas de pesaje y medición de dimensiones electrónicos.

La SCT podrá sancionar a los transportistas que sus vehículos hayan sido detectados por medio de sistemas de pesaje electrónicos y medición de dimensiones automatizada, mediante multas electrónicas.

Mientras que la Policía Federal podrán utilizar básculas públicas debidamente calibradas y verificadas por la Profeco o Unidades de Verificación aprobadas, para supervisar el peso de los vehículos durante su circulación en caminos y puentes de jurisdicción federal.

*Información de Notimex

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