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El servicio de transporte de hidrocarburos debe cumplir estos requisitos

Un acuerdo de la SCT establece que las unidades deberán tener una capacidad máxima de 43 mil litros y seguros de daños, entre otros.
jue 31 enero 2019 10:56 AM
Camión tanque de hidrocarburos
Foto: iStock

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó un acuerdo por el que se establecen las condiciones para la modalidad del servicio de autotransporte federal de carga de hidrocarburos para Petróleos Mexicanos (Pemex) y sus empresas productivas subsidiarias o filiales.

Los interesados deberán cumplir con las normas, con el emplacamiento de vehículos para el transporte de materiales, remanentes y residuos peligrosos, que se establecen en la normatividad de autotransporte federal, y también deberán acatar los requisitos del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, además de que será necesario hacer el pago de derechos que corresponda.

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Los interesados en prestar el servicio de transporte de hidrocarburos también deberán asegurarse de que las unidades se encuentren en óptimas condiciones de operación, físicas y mecánicas, y que cumplan con las especificaciones conforme a las normas 001, 035 y 020.

Respecto a los tractocamiones articulados con configuración tractocamión-semirremolque tipo autotanque, las unidades deberán cumplir con las condiciones de pesos y dimensiones establecidas en la norma 12.

El acuerdo puede consultarse aquí.

Sobre la operación de las unidades

Asimismo, la SCT precisó que en la operación de las unidades se deberá observar lo previsto en el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, y la normatividad de la materia.

En tanto, las unidades vehiculares de arrastre que se autoricen a Pemex y sus filiales serán de capacidad máxima de 43,000 litros y podrán contar con llantas unitarias de base ancha diseñadas específicamente para sustituir el arreglo dual, siempre y cuando su capacidad de carga sea de cuando menos 4.5 toneladas por llanta, es decir, nueve toneladas por eje, y a una presión de inflado que no exceda 110 psi.

“El manejo de las unidades destinadas a este tipo de transporte deberá ser realizado sólo por conductores que posean la Licencia Federal de Conductor vigente, correspondiente al tipo de vehículo que se conduce, e invariablemente deberán tener la modalidad E para el transporte de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos”, refirió la SCT.

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La dependencia, así como la Policía Federal, podrán efectuar verificaciones a las unidades que transporten combustible, en el ámbito de sus atribuciones, precisó la misma SCT en un documento enviado al Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Secretaría también precisó que durante el traslado se deberá tener una póliza de seguro vigente por daños a terceros en sus bienes y personas por la conducción del vehículo o la carga, cuando menos por un monto de 19,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, será necesario tener una póliza de seguro de responsabilidad ambiental vigente, por un monto no menor a 900,000 pesos, en términos de lo establecido en los artículos 63-Bis, 64 y 68 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

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logística Autotransporte de carga Secretaria de Comunicaciones y Transportes
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